Consulta telefónica gratuita: +(34) 620 896 835 / +(34) 690 384 408. Contáctenos por teléfono o por email en info@belinchonperille.com Ubicación: Plaza Tirso de Molina 13, 2º Ext. Izq. 28012 Madrid, Spain (CITA PREVIA). Contacto desde fuera de España únicamente en info@belinchonperille.com
Si eres un profesional altamente cualificado o directivo (PAC) o graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido y cuentas con una oferta de trabajo en España, puedes beneficiarte del régimen de residencia PAC.
Información para empresas
- Si estás interesado en incorporar a tu compañía un PAC que no pertenece a la UE, a Suiza o EEE puedes beneficiarte del régimen de residencia para PAC si:
- Además, si estás interesado en contratar a un graduado o postgraduado de universidades y escuelas de negocio de reconocido prestigio como PAC puedes beneficiarte de este régimen con independencia del tamaño de la empresa o del sector o actividad que desarrolles.
¿Quién debe presentar la solicitud?
La empresa o entidad que requiere los servicios del PAC o un representante de dicha empresa debidamente acreditado.
¿Qué tipo de autorización corresponde?
Se solicitará una autorización de residencia para PAC con una duración de hasta dos años o la duración del contrato si fuese menor a dos años.
¿Dónde debe dirigirse la solicitud?
La solicitud deberá dirigirse a la Unidad de Grandes Empresas y Colectivos Estratégicos.
¿Qué documentos se deben presentar?
Acreditación de la entidad o empresa que requiere los servicios del profesional altamente cualificados:
o Ser una gran empresa.
o Ser una pyme de sector estratégico: Informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones.
o Desarrollar un proyecto de interés general: Informe de la Dirección General de Comercio e Inversiones.
¿Se debe presentar la documentación de la empresa cada vez que se solicite una autorización para un PAC?
La documentación acreditativa de la empresa debe presentarse una vez, quedando inscrita en la UGE-CE. La validez es de 3 años, renovables siempre y cuando se mantengan los requisitos. Las compañías registradas pueden beneficiarse de un procedimiento simplificado.
Si el extranjero se encuentra en España, ¿puede solicitarse la autorización?
Sí, siempre que se encuentre en situación legal. Si el extranjero se encontrase fuera de España en el momento de la solicitud, una vez concedida la autorización de residencia deberá solicitar un visado.
¿Se puede renovar?
Sí, se podrá solicitar la renovación por periodo de dos años siempre que se mantengan las condiciones.
¿Pueden acompañar al profesional altamente cualificado sus familiares?
Sí, en cualquier momento podrán solicitar, de forma conjunta o sucesiva, la autorización y, en su caso, el visado.
Aspectos a destacar
• El visado y autorización son válidos para trabajar y residir en todo el territorio nacional, incluidos los familiares si cumplen con la edad prevista en la normativa laboral.
• No se aplica la Situación Nacional de Empleo
• Plazos rápidos: Visados: 10 días. Autorizaciones: 20 días.
La solicitud de la autorización de residencia o su renovación ante la UGE-CE prorroga automáticamente la estancia o residencia del solicitante hasta resolución del procedimiento.
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